La Seguridad Social es un Derecho Humano Fundamental

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El pasado jueves 8 de diciembre se llevó adelante un nuevo acto convocado por el Movimiento Nacional en Defensa de la Seguridad Social (MONDESS) que ATSS integra.

El mismo estuvo enmarcado en las actividades del Día Internacional de los Derechos Humanos, que se celebra cada 10 de diciembre, conmemorando el día en que, en 1948, la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó la Declaración Universal de los Derechos Humanos. La seguridad social es, sin dudas, uno de los derechos humanos más fundamentales, en la medida que vertebra toda la vida, desde su gestación, de las personas.

El acto contó, en su parte oratoria, con la participación de los compañeros Marita Rodríguez y Gonzalo Moreira, integrantes del MONDESS quienes pusieron especial énfasis en los perjuicios que el proyecto de reforma jubilatoria propuesto por el Poder Ejecutivo generará en las y los uruguayos todos, provocando pérdidas muy importantes de derechos conquistados durante décadas de luchas y movilizaciones, el aumento de la edad jubilatoria, la rebaja lisa y llana de jubilaciones y pensiones mediante la modificación del cálculo de los montos promedios a considerar, así como la extensión y profundización del lucro en la seguridad social mediante la ampliación y universalización del régimen de las AFAPS.

Ambos oradores pusieron especial énfasis en recordar que la seguridad social es un derecho consagrado en la Declaración de Derechos Humanos de la ONU. En efecto, el Artículo 22 de dicho texto fundamental expresa que: “Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a la seguridad social, y a obtener, mediante el esfuerzo nacional y la cooperación internacional, habida cuenta de la organización y los recursos de cada Estado, la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales, indispensables a su dignidad y al libre desarrollo de su personalidad”.

¿“DÉFICIT” O DERECHO HUMANO FUNDAMENTAL?

En nuestro país, su marco de financiamiento está claramente establecido en la Constitución de la República, por lo cual hablar de déficit de la seguridad social es contradictorio con su carácter de derecho humano elemental.

Cuestionaron fuertemente a quienes hablan permanentemente del “déficit de la seguridad social, del BPS”, afirmando nuestra concepción en materia de derechos humanos, que no pueden ser medidos por desempeños económicos.

 

Y fueron más allá en su oratoria, denunciando que en la realidad, una parte muy importante de ese déficit es provocado por beneficios inexplicables que esta reforma no ataca sino que, por el contrario, profundiza. En este sentido, señalaron a las enormes exoneraciones de las que se benefician los patrones, quienes aportan a la seguridad social la mitad de lo que aportan los trabajadores. Recordaron que entre las beneficiadas, muchas son empresas de gran porte (zonas francas, educación privada y organizaciones religiosas, entre otras)

Destacaron también la privatización de la seguridad social, consagrada en nuestro país a partir de la aprobación de la ley 16.713, que creó el régimen de las AFAPS, las que se embolsan el doble de dinero que lo que el BPS tiene como supuesto “déficit”.

Y apuntaron también a la Caja Militar que tiene casi las mismas pérdidas económicas que el BPS pero que solamente atiende a poco más de 50.000 jubilaciones y pensiones, muchas de ella de privilegio. El BPS atiende a todo un país  con prestaciones que van desde antes del nacimiento hasta después de la muerte de las personas. ¿Y las AFAP?, se preguntaron. ¿Qué pagan con nuestros aportes? “Míseras rentas vitalicias que al final del día las termina pagando el Banco de Seguros a total pérdida, pérdida que una vez más, pagamos todos y todas”.

También pusieron especial énfasis en la importancia que tiene la existencia de un proyecto alternativo de reforma de la seguridad social elaborado por ATSS y aprobado en el último Congreso del PIT-CNT por unanimidad en la resolución adoptada bajo el título: “Defensa irrestricta de la seguridad social”.

POR ESO EL PLEBISCITO

ATSS y el MONDESS entendemos que el camino que nos permitirá garantizar a todas y todos los ciudadanos que estos derechos no sean nunca más vulnerados es la realización de un plebiscito de reforma constitucional a llevarse adelante junto a las elecciones nacionales de 2024.

En dicha instancia debemos promover un sistema jubilatorio dentro de una seguridad social solidaria, en donde la edad jubilatoria no supere los 60 años de edad, sin exoneraciones cuantiosas al gran capital. Una seguridad social que tenga, como señas de identidad su carácter de universal, estatal, integral, solidaria, sin fines de lucro y sin AFAPS.