En la Antesala del Salón de los Pasos Perdidos del Poder Legislativo, absolutamente colmada de asistentes, se llevó adelante el Conversatorio “Seguridad Social en Uruguay”, con la participación de los juristas Valeria España, Michael Dicmarch y Juan Ceretta.
Los tres aportaron argumentos respecto de la validez y pertinencia de los fundamentos que nos llevaron a impulsar un plebiscito para reformar la seguridad social en Uruguay.
65.933 FIRMAS Y SEGUIMOS SUMANDO
Antes de la participación de los juristas, Marcelo Abdala, presidente del PIT-CNT, acompañado de Nathalie Barbé (ATSS), Juan González (AFPU) y Gustavo González (FUCVAM) compartieron información respecto de las próximas jornadas especiales de recolección masiva de firmas, las que se llevarán adelante a partir del próximo fin de semana. Y, ante la asistencia y medios de prensa, anunció lo largamente esperado: que la Comisión Nacional cuenta en este momento con 65.933 firmas, cifra que ya fue superada.
Además, se exhortó a las organizaciones sociales y militantes que están recogiendo firmas que lo antes posible sean entregadas a la Comisión Nacional, para así poder proceder a su conteo. Se estima que un número muy importante de firmas aún están en circulación.
LAS RESPUESTAS A LAS FALSEDADES QUE SE AFIRMAN RESPECTO DEL PLEBISCITO
Luego de este anuncio tan esperado, comenzó el aporte de los juristas. Abrió la oratoria el Dr. Juan Ceretta quien resaltó la actividad realizada con economistas que apoyan esta iniciativa plebiscitaria, aportando argumentos sólidos desde esa perspectiva. Luego hicieron uso de la palabra, el Dr. Michael Dicmarch y la Dra. Valeria España, en ese orden.
Los tres fueron desgranando diferentes falsedades que se afirman para degradar nuestra iniciativa y aportaron información valiosa y certera para desmentirlas. Las enumeramos.
1. Cuando se intenta criticar nuestra propuesta se dice que se prohíbe seguir trabajando luego de los 60 años, lo cual es falso, ya que lo establece estricta y expresamente el numeral 7 de la papeleta. Los 30 de retiro de 60 años y los 30 de servicios constituyen un derecho. El derecho yo lo ejerzo si quiero, si quiero seguir trabajando hasta los 99, trabajo hasta los 99, pero no se puede obligar a trabajar hasta los 99. Si a los 60 la persona se quiere retirar, se puede retirar porque está consagrado como un derecho, no como una obligación. Si no, la palabra en la papeleta sería obligación, no derecho.
2. Otra de las afirmaciones que se realizan por parte de algunos referentes políticos. Es que nuestra propuesta afecta a los sectores con cómputos especiales, a los sectores de aportes que tienen cómputos especiales en sus servicios. Eso es completamente falso. Expresamente el numeral 7 también de la papeleta dice “sin perjuicio de los sistemas de cómputos especiales más beneficiosos para el trabajador”. Es decir, de nuevo, lo que se establece en la Constitución es un piso, un piso garantizado por sobre el piso todos los beneficios que se quieran plasmar a través de leyes especiales ya existentes o que se puedan crear en el futuro.
3. También se sostiene que se cobrará menos porque ya no podremos beneficiarios de la rentabilidad de las AFAPS. Alcanza con ver los números de la página web del BPS para advertir la miseria que pagan las AFAPS, el fracaso que ha significado el sistema de las AFAPS en las jubilaciones de los uruguayos. A la prueba está lo que ocurrió con los cincuentones. Nadie se quiere quedar en las AFAPS. En tal sentido, en el propio texto de la papeleta se incluyó en el numeral 5 de las Disposiciones Transitorias, que se garantiza que la reforma no puede significar un menoscabo o pérdida de derechos. Quiere decir que nunca la aplicación de esta norma que se pretende modificar, de este nuevo artículo 67 de la Constitución, va a significar una pérdida para algún trabajador.
4. Se dice que estamos promoviendo la expropiación de los ahorros que tenemos en las AFAPS. Respecto a esto, lo primero que hay que decir es que las AFAPs no le entregan el dinero a nadie. La única manera de retirar el dinero prevista es en casos de fallecimiento. Además, la disposición transitoria 5 también de la papeleta crea un fideicomiso de administración de los recursos que están en las AFAPS, o de los títulos que están en las AFAPS, donde el BPS es el fideicomitente, es decir, el encargado, el responsable, y además esta actividad del fideicomiso puede ser reglamentada por ley. Por otra parte, existen antecedentes de la utilización de un fideicomiso para realizar las transferencias de dineros que estaban en las AFAP, por ejemplo con la ley de cincuentones y el más reciente fideicomiso propuesto por el actual Ministerio de Economía para administrar el dinero que surja de la revocación del artículo 8.
5. Se sostiene que se genera un caos al eliminar de un día para otro las AFAPS y nos van a hacer un juicio multimillonario por ello. Esto también es falso, ya que la papeleta prevé un proceso de transición en las Disposiciones Transitorias que no puede durar más de 24 meses. Además, el texto a modificar excluye la posibilidad de una indemnización por lucro cesante por parte de las AFAPS, que además no tendrían argumento válido para reclamar un daño, porque con ese criterio no serían posibles ningún cambio en la política pública que le haga perder dinero a alguien o que perjudique en sus negocios a alguien.
6. Se ha afirmado que nuestra reforma consolida beneficios definitivos para la Caja Militar. Eso es falso. Lo único que asegura esta papeleta es que nadie, no importa de qué caja, de los que ya tienen causa jubilatoria y están percibiendo una retribución, van a verse afectados por la reforma. Esto no es más que respetar el principio de los derechos adquiridos. Los mismos que en 40 años no hicieron nada para reformar y eliminar los privilegios indebidos que tienen ciertos sectores de la Caja Militar nos cuestionan con argumentos falsos. La Caja Militar y sus privilegios solamente pueden ser modificados por vía legislativa, ni el texto vigente ni el que proponemos lo impide.
En esta nueva actividad en la que se expresa ante la opinión pública nuestros argumentos, la clase trabajadora sigue rumbo al gran objetivo de juntar las 270 mil firmas que posibiliten el plebiscito de reforma constitucional en defensa de la seguridad social.